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No a la jubilacion a los 67 años

NO JUBILACION A LOS 67.

Estos quieren abrir un debate sobre la jubilación, pues bien abrámoslo:

Quieren aumentar los años para el calculo de la pensión pasando de 15 a 20 y dicen que es por las personas que dejan de trabajar al final de su vida laboral, "pues lo tienen muy fácil si esa es su preocupación, con cambiar de los últimos 15 años a los mejores 15 años arreglado" (pero eso alo mejor no conviene, pues seguro que la gente cobraría mas pensión)

Hoy en día si no tienes como mínimo 10 años de cotización no tienes derecho a pensión y me pregunto ¿ que pasa con los que han cotizado 9,8,7,6,5,4,3,2 o 1 año? no tienen derecho a nada ¿y el dinero que han aportado? dinero limpio para el estado.

Los que empezamos a trabajar muy jóvenes, con el actual sistemas cuando lleguemos a los 65 años tendremos cotizados 46 años (como es mi caso) incluso muchos mas y tenemos los mismos derechos que los que solo tengan 35 años cotizados (que son los que cogen para el calculo).

¿Con 10 años o mas de cotización tienes algún beneficio? NO.

Y quieren que sigamos trabajando y cotizando mas años

Los empresarios van mas allá y piden la jubilación a los 70, bueno pues que me digan esos grandes empresarios (Díaz Ferran o Rato) cuantos trabajadores de 64 años tienen hoy en día contratados y cuantos están dispuestos a contratar con 67 años, cuando ellos son los primeros que plantean los expedientes de regulación de empleo y con ello las prejubilaciones.

Tenemos un sistema bastante precario y lo quieren hacer mas.

Me pregunto una cosa también van a tocar sus jubilaciones, solo una muestra:

Pensiones parlamentarias

Artículo 1. Las Cortes Generales abonarán con cargo a su Presupuesto una pensión a quienes hayan sido miembros del Congreso de los Diputados o del Senado, en los términos que se establecen en el presente Reglamento.

Artículo 2. Tendrán derecho a obtener la pensión parlamentaria los ex-parlamentarios que hayan tenido la condición de Diputados o de Senadores durante al menos siete años, siempre que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a) Que hayan cumplido 65 años y obtenido la jubilación.

b) Que hayan obtenido la jubilación anticipada, siempre que hayan cumplido 60 años y hayan cotizado durante 40 años.

c) Que hayan obtenido la declaración de invalidez permanente en sus grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

Otras ayudas

Artículo 7. El ex-parlamentario que, en el momento de su cese, haya cumplido 55 años o los cumpla en el año en que se produzca la disolución de la Cámara y carezca de una actividad profesional o laboral permanente por cuenta propia o ajena, tendrá derecho a que por las Cortes Generales se le mantenga en situación de alta en la Seguridad Social hasta que complete el periodo de cotización necesario para causar el derecho a la pensión de jubilación, de acuerdo con el convenio que las Cortes Generales y la Seguridad Social tengan suscrito.

Con solo siete años de trabajo ya tienen derecho a pensión ¿cambiaran los años?.

Ellos con 40 años cotizados si tienen beneficios, y con 55 años ya tiene pagada la Seguridad Social hasta la jubilacion, lo que es mas sangrante ellos si pueden cobrar dos pensiones. Si quieres leer todo el reglamento entra en:

http://www.congreso.es/public_oficiales/L8/CORT/BOCG/A/CG_A278.PDF

Por todo ello solo podemos decir:

NO A LA JUBILACION A LOS 67 AÑOS

Solo espero que nuestros sindicatos respondan ante un ataque tan grave a los trabajadores y que todos nosotros respondamos que esto es algo que nos afecta y mucho, no podemos consentir ningún recorte en nuestros derechos.

Un par de cosas:

Que la jubilación no sea obligatoria, el que por su trabajo y salud se lo permita que pueda seguir trabajando.

Que se preocupen de los trabajadores de 25,26, 27 ........años que son el futuro de este país, ellos son los que tienen que tener trabajo en buenas condiciones y sin precariedad para hacer un país mejor.

caliqueno

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